JABenito

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SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DE ACTUACIONES DE CONSERVACIÓN Y RESTAURACIÓN DE BIENES INMUEBLES INTEGRANTES DEL PATRIMONIO CULTURAL SITUADOS EN MUNICIPIOS CON POBLACIÓN INFERIOR A 20.000 HABITANTES (2023)

SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DE ACTUACIONES DE CONSERVACIÓN Y RESTAURACIÓN DE BIENES INMUEBLES INTEGRANTES DEL PATRIMONIO CULTURAL SITUADOS EN MUNICIPIOS CON POBLACIÓN INFERIOR A 20.000 HABITANTES (2023)

Sólo Castilla y León

¿QUÉ PLAZO TENGO PARA SOLICITARLO?
Desde el 18 de marzo de 2023 hasta el 17 de abril de 2023.
OBJETIVO
Convocar, para el año 2023, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones en cada una de las provincias de la Comunidad de Castilla y León destinadas a personas físicas, comunidades de propietarios u otras comunidades de bienes y personas jurídicas sin fines de lucro para el fomento de actuaciones de conservación y restauración de bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural, situados en municipios de Castilla y León, que cuenten con población inferior a 20.000 habitantes o entidades locales menores pertenecientes a los mismos, de acuerdo con la última actualización del padrón de habitantes.
¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?
  • Personas físicas.
  • Personas jurídicas privadas sin fines de lucro.
  • Agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas sin fines de lucro, comunidades de propietarios, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, aunque carezcan de personalidad jurídica.
¿PARA QUÉ ES LA AYUDA?
Los conceptos para los que puede solicitarse la subvención son:
a) Los gastos necesarios para la adecuada ejecución de los proyectos subvencionados.
b) Los gastos derivados de actuaciones arqueológicas asociadas a la ejecución de los proyectos subvencionables.
Las actuaciones que resulten subvencionadas deberán haberse ejecutado y finalizado en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2022, ambos inclusive.
CUANTÍA
  • La cuantía de las subvenciones se determinará según las disponibilidades presupuestarias, pudiendo alcanzar hasta el 70% del total de los gastos subvencionables, con el límite de 30.000 euros por beneficiario.
  • En el caso de que algún beneficiario no pudiera obtener el 70% del total de los gastos subvencionables como consecuencia de la insuficiencia de la disponibilidad presupuestaria, se le subvencionará hasta agotar el crédito disponible.
¿QUÉ DOCUMENTOS NECESITO?
Acceso a documentos
C. SUBVENCIONES: C.1. BASES REGULADORAS
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

Para más Información rellena el siguiente formulario.


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